DERECHO PROCESAL PENAL | LOCUCIONES LATINAS UTILIZADAS EN EL DERECHO PENAL
- Contradictio in adiecto. Derecho sin coercitividad.
- Curiosi, stationari o irenarcas. Denominación que recibían los magistrados encargados de la persecución de los delitos en los tribunales en roma.
- In dubio pro reo. En favor del reo.
- Iuris et de iure. Presunción que no admite prueba en contrario.
- Iuris tantum. Presunción que admite prueba en contrario.
- Ius y dicere. Declarar el derecho.
- Latu sensu. En sentido amplio.
- Non bis in idem. No condenar mas de una vez por los mismos hechos
- Nulla accusatio sine probatione. Principio de la carga de prueba.
- Nulla actio sine culpa. Principio de materialidad o exterioridad de la acción.
- Nulla culpa sine iudicio. Principio de culpabilidad o de responsabilidad personal.
- Nulla lex (poenalis) sine necessitate. Principio de necesidad o economía del derecho penal.
- Nulla necessitas sine iniuria. Principio de ofensividad del acto.
- Nulla poena sine crimene. Principio de retributividad de la pena respecto del delito.
- Nulla poena sine lege. Principio de legalidad.
- Nulla probatio sine defensione. Principio de refutación o defensa.
- Nullum crimen sine actione. No hay delito sin acción.
- Nullum crimen sine lege. No hay delito sin ley.
- Nullum crimen sine tipo. No hay delito sin tipo.
- Nullum iudicium sine accusatione. Principio de jurisdiccionalidad.
- Un iudex a quo. El juez que conoció en primer lugar.
- Un iudex ad quem. La autoridad que revisa la resolución recurrida.