DERECHO PROCESAL PENAL | LOCUCIONES LATINAS UTILIZADAS EN EL DERECHO PENAL

  • Contradictio in adiecto. Derecho sin coercitividad.
  • Curiosi, stationari o irenarcas. Denominación que recibían los magistrados encargados de la persecución de los delitos en los tribunales en roma.
  • In dubio pro reo. En favor del reo.
  • Iuris et de iure. Presunción que no admite prueba en contrario.
  • Iuris tantum. Presunción que admite prueba en contrario.
  • Ius y dicere. Declarar el derecho.
  • Latu sensu. En sentido amplio.
  • Non bis in idem. No condenar mas de una vez por los mismos hechos
  • Nulla accusatio sine probatione. Principio de la carga de prueba.
  • Nulla actio sine culpa. Principio de materialidad o exterioridad de la acción.
  • Nulla culpa sine iudicio. Principio de culpabilidad o de responsabilidad personal.
  • Nulla lex (poenalis) sine necessitate. Principio de necesidad o economía del derecho penal.
  • Nulla necessitas sine iniuria. Principio de ofensividad del acto.
  • Nulla poena sine crimene. Principio de retributividad de la pena respecto del delito.
  • Nulla poena sine lege. Principio de legalidad.
  • Nulla probatio sine defensione. Principio de refutación o defensa.
  • Nullum crimen sine actione. No hay delito sin acción.
  • Nullum crimen sine lege. No hay delito sin ley.
  • Nullum crimen sine tipo. No hay delito sin tipo.
  • Nullum iudicium sine accusatione. Principio de jurisdiccionalidad.
  • Un iudex a quo. El juez que conoció en primer lugar.
  • Un iudex ad quem. La autoridad que revisa la resolución recurrida.





















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Año 2025
E
l Derecho hoy en día, con todo el contexto social que nos rodea nos es indispensable para la vida en si. El Derecho es un extenso compilado de Normas y Reglas que tienen como finalidad que nuestra sociedad pueda convivir de manera pacifica y en armonia, mediante su Justa aplicación.
El conocer de nuestras leyes, en muchas infortunadas ocasiones, nos puede resultar tedioso, aburrido, cansado o simplemente innecesario; Pero más allá de eso, tenemos la obligación de conocer minimo las leyes que nos benefician o afectan directamente, al ignorar las leyes nos convertimos en entes fáciles de manipular, vulnerar y ser victimas de terceros que nos pueden perjudicar en beneficio de ellos.

"La ignorancia
no exime del
cumplimiento
de la Ley".

© Derecho Mexicano | Actualizado el 05 de Septiembre de 2025.