Los jurisconsultos romanos dieron a esta
relación el nombre de OBLIGATIO y el Digesto afirma que: LA ESENCIA DE LAS OBLIGACIONES
NO CONSISTE EN QUE NOS ENTREGUEN UNA COSA EN PROPIEDAD O NOS CONVIERTAN EN
TITULARES DE ALGUNA SERVIDUMBRE SINO QUE CONSISTE EN QUE SE CONSTRIÑE A OTRA
PERSONA PARA QUE ENTREGUE ALGO O RESPONDA POR ALGO.
Digesto: La esencia de la obligación no consiste en que uno haga nuestra una cosa o una servidumbre, sino en constreñir a otro para que nos dé, haga o indemnice algo.
Evolución: La obligación atravesó diversas transformaciones a lo largo de su vida jurídica.
Bonfante decía que la obligación debió haber aparecido en el campo de los delitos, ya que la responsabilidad penal implicaba el sometimiento del infractor, quien, obvio, quedaba obligatus, se encontraba sometido a la víctima.
Concepto
Obligación: Vínculo que
establece el Derecho y que obliga a las personas a cumplir determinadas
conductas.
Institutas de Justiniano: La obligación es un
vínculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna
cosa según las leyes de nuestra Ciudad.Digesto: La esencia de la obligación no consiste en que uno haga nuestra una cosa o una servidumbre, sino en constreñir a otro para que nos dé, haga o indemnice algo.
Evolución: La obligación atravesó diversas transformaciones a lo largo de su vida jurídica.
Bonfante decía que la obligación debió haber aparecido en el campo de los delitos, ya que la responsabilidad penal implicaba el sometimiento del infractor, quien, obvio, quedaba obligatus, se encontraba sometido a la víctima.
La Lex Poetelia Papiria, prohibió la
venta y el derecho a muerte del deudor incumplido. Establecía las
circunstancias de que una persona respondiera sólo con los bienes de su
patrimonio (lícito).
Surge el concepto de obligación como un lazo
o vínculo jurídico entre los sujetos de la misma, por el cual “el acreedor
tiene derecho a determinada conducta que el deudor debe
realizar”.
DOS ASPECTOS DISTINTOS DE
DEUDA Y OBLIGACIÓN.
Debitum: Deuda (Deber de cumplir).
Obligatio: Responsabilidad (sujeción
en caso de incumplimiento).
ACT. 22/06/19