DERECHO AGRARIO | GLOSARIO


  1. Acaparamiento de terrenos: Acto o actos encaminados a acaparar tierras en grandes cantidades.
  2. Acción de nulidad: Es la ejercitada para alcanzar el reconocimiento y declaración de nulidad de un acto jurídico determinado.
  3. Acción reivindicatoria: Es la que compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual tiene la propiedad para que se declare que el demandante tiene el dominio sobre ella y el demandado se la entregue con sus frutos y accesiones.
  4. Acciones: Títulos de crédito representativos en las sociedades de capital (sociedad anónima y sociedad en comandita simple) de una parte de este y que confiere a sus tenedores los derechos correspondientes a su calidad de socios.
  5. Acervo: Conjunto o totalidad de bienes comunes o indivisos.
  6. Acta: Documento escrito en que se hace constar, la relación de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, vista judicial o reunión de cualquier naturaleza y de los acuerdos o decisiones tomados.
  7. Acto anulable: Calificase de anulable el acto jurídico en cuya constitución existe un vicio susceptible de provocar la declaración de su ineficiencia, pero es eficaz en tanto no sea declarado nulo.
  8. Acto de ejecución: Acto por el cual una autoridad judicial o administrativa da afectividad al contenido de una resolución.
  9. Aparcería rural: Contrato en virtud del cual una persona da a otra un predio rústico para que lo cultive, a fin de repartirse los frutos en la forma que convengan, o conforme a las costumbres del lugar.
  10. Baldío: En términos generales, la calificación de baldío se aplica al terreno de cultivo, no obstante de servir para ello.
  11. Bien: Cosa material o inmaterial susceptible de producir algún beneficio de carácter patrimonial.
  12. Bienes raíces: Denominación dada también a los bienes inmuebles.
  13. Caducidad de la instancia: Extensión de la relación jurídica procesal a consecuencia de la inactividad del demandante y demandado durante un cierto tiempo.
  14. Capacidad: Aptitud para adquirir un derecho, o para ejercitarlo y disfrutarlo.
  15. Cesión: Acto jurídico voluntario y libre, destinado al traspaso de bienes o derechos de un titular a otro.
  16. Colindante: Terreno o edificio que se halla contiguo a otro respecto a éste, el que, a su vez, lo es de aquel.
  17. Comunero: Sujeto titular de un derecho que se posee un común.
  18. Comunidad: Atribución a varias personas, de uno o más derechos o bienes.
  19. Decreto: acto del poder ejecutivo referente el modo de aplicación de las leyes en relación con los fines de la administración pública.
  20. Derecho de tanto: Derecho de preferencia para adquirir bienes determinados u obtener la prórroga de un arrendamiento conferido por la ley o por convenio entre las partes.
  21. Derecho de propiedad: Conjunto de las normas del derecho positivo aplicables a la propiedad y destinadas a regular su disquisición o enajenación.
  22. Ejido: Sociedad de interés social integrada por mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio instituido por las tierras, bosques y aguas que les han sido dotadas o que hubieren adquirido por cualquier titulo.
  23. Enajenación: Transmisión legalmente autorizada de una cosa o derecho de la persona que tiene su propiedad a otra que la adquiere en virtud de este acto.
  24. Expropiación: Limitación del derecho de propiedad en virtud de la cual el dueño de un bien mueble o inmueble, queda privado del mismo, mediante indemnización o en beneficio del interés público.
  25. Facería: Comunidad de pastos.
  26. Índice de agostadero: Los índices de agostadero; es decir, la superficie requerida para engordar una cabeza de ganado, oscilan entre 0.8 hectáreas en las áreas tropicales cálido - húmedas hasta 50 hectáreas en las regiones áridas y semiáridas del país. Los promedios nacionales oscilan en tres hectáreas. No obstante lo anterior en los últimos años está tendencia se ha revertido, los incrementos en la producción de bovinos se han logrado gracias al mejor manejo de los recursos.
  27. Inembargabilidad: Calidad de aquellos bienes que, en virtud de disposición legal expresa, no pueden ser embargados.
  28. Inenajenabilidad: Calidad de la cosa o derecho que no puede ser objeto de enajenación.
  29. Jurisdicción: Potestad para administrar justicia atribuida a los jueces, o magistrados, quienes la ejercen aplicando las normas jurídicas generales y abstractas a los casos concretos que deben decidir.
  30. Justo título: Es aquel por su naturaleza y solemnidad es bastante para transferir un derecho real.
  31. Latifundio: Finca rústica de grandes proporciones perteneciente a una o varias personas, considerada por su extensión como no conveniente como forma de propiedad desde el punto de vista de la política agraria del país.
  32. Ley orgánica: Es toda aquella que tiene por objeto la organización de algún servicio público o institución.
  33. Parcela: Porción de terreno de extensión variable, pero con la misma especie de cultivo o utilización que constituye la unidad catastral.
  34. Parcelación: Dividir una gran propiedad rústica en lotes o parcelas.
  35. Patrimonio: Suma de bienes y riquezas que pertenecen a una persona.
  36. Posesión: Poder de hecho ejercido sobre una cosa.
  37. Prerrogativa: Privilegio gracia o exención que se conceden legalmente.
  38. Prescripción: Medio de adquirir bienes (positiva) o de liberarse de obligaciones (negativa) mediante el transcurso del tiempo y bajo las condiciones establecidas al efecto por la ley.
  39. Propiedad: Derecho de goce y disposición que una persona tiene sobre bienes determinados, de acuerdo con lo permitido por las leyes y sin perjuicio de terceros.
  40. Quórum: Número de individuos necesarios para que un cuerpo deliberante pueda celebrar sesión válidamente y tomar acuerdos.
  41. Restituir: Volver una cosa a quien la tenía anteriormente.
  42. Título de propiedad: Documento acreditativo de determinada cosa o derecho.
  43. Usucapión: Denominación romana de la prescripción adquisitiva.
  44. Usufructo: Derecho real, de eficacia temporal, que otorga al titular el disfrute de las utilidades que derivan del normal aprovechamiento de la cosa ajena, condicionado con obligación de devolver en el término fijado al efecto, la misma cosa o su equivalente.
  45. Venta: Transmisión de la propiedad de una cosa o derecho por su propietario mediante un precio en dinero.

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Kamru44l Hasan

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Frases Legales
E
l Derecho hoy en día, con todo el contexto social que nos rodea nos es indispensable para la vida en si. El Derecho es un extenso compilado de Normas y Reglas que tienen como finalidad que nuestra sociedad pueda convivir de manera pacifica y en armonia, mediante su Justa aplicación.
El conocer de nuestras leyes, en muchas infortunadas ocasiones, nos puede resultar tedioso, aburrido, cansado o simplemente innecesario; Pero más allá de eso, tenemos la obligación de conocer minimo las leyes que nos benefician o afectan directamente, al ignorar las leyes nos convertimos en entes fáciles de manipular, vulnerar y ser victimas de terceros que nos pueden perjudicar en beneficio de ellos.

"La ignorancia
no exime del
cumplimiento
de la Ley".

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